CIERRAN JUZGADO EN PÁNUCO POR COVID-19
Después de un creciente número de contagios de COVID-19 el Poder Judicial de Veracruz se vio obligado a cerrar nuevamente sus puertas ocasionando el descontento de los empleados, ya que dichos contagios se debieron a permitir la presencia de personas las cuales no contaban con las medidas de seguridad adecuadas, como la asistencia de reos y custodios sin cubrebocas o careta o de personas con el cubrebocas mal puesto o sin respetar la sana distancia.
El reclamo de los empleados incremento después de que se anunciara que el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pánuco, Veracruz fue cerrado nuevamente, por catorce días.
La circular asienta que la decisión se toma “con el propósito de adoptar acciones eficaces para reducir riesgos, tanto para 105 empleados como para los usuarios del servicio público, así como para privilegiar el derecho a la salud de trabajadores y justiciables”. Al ser un juzgado en materia civil, el personal se mantendrá aislado y se suspenderá el trámite procesal y los términos judiciales hasta la vigencia de la presente suspensión.
En el entendido de que las citas que se encuentren agendadas se reprogramarán para el siguiente mes en día y hora hábil, hasta la vigencia de la suspensión, lo que podrá ser consultado en el sistema de citas del Poder Judicial. En ese contexto, el titular de dicho Juzgado deberá adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la disposición y a los lineamientos del Protocolo para la Prevención de Contagios por Coronavirus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Poder Judicial del Estado de Veracruz, así como informar al Consejo de la Judicatura de cualquier circunstancia que sobrevenga.
El Consejo de la Judicatura señala que lo anterior es una medida de contingencia por el fenómeno de salud pública derivado del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), con el objetivo de adoptar acciones eficaces para reducir riesgos, tanto para los empleados como para los usuarios del servicio público. Así como para privilegiar el derecho a la salud de trabajadores y justiciables, en el entendido de que el cierre temporal del Juzgado obedece a un aislamiento preventivo para el personal y que el Consejo de la Judicatura, en uso de sus facultades, podrá levantar o modificar conforme la información que se vaya proporcionando.