Pánuco, Veracruz | Esta mañana un juez de control emitió la vinculación a proceso en contra de David “N”, quien es señalado como probable responsable del delito de violación agravada, cometido en agravio de una víctima cuya identidad es reservada y resguardada por las autoridades judiciales.
Según el artículo 265 del Código Penal Federal menciona: “Comete el delito de violación quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de ocho a veinte años. Para los efectos de este artículo, se entiende por cópula, la introducción del miembro viril en el cuerpo de la víctima por vía vaginal, anal u oral, independientemente de su sexo. Se considerará también como violación y se sancionará con prisión de ocho a veinte años al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento o instrumento distinto al miembro viril, por medio de la violencia física o moral, sea cual fuere el sexo del ofendido”. Así mismo, se define como violación agravada al delito de agresión sexual en el que, por las circunstancias concurrentes, la agresión sexual es más grave, razón por la que se incrementa la pena.
Derivado a lo antes citado, el juez le dictó como medida cautelar la prisión preventiva justificada y estableció un mes para la investigación complementaria, dentro del proceso penal 217/2022. De esta manera, el ahora vinculado no representará peligro para la víctima ni para la sociedad en general.
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